Propone una reprogramaciĂłn de actividades que aporten al logro de esos aprendizajes, considerando las condiciones objetivas que supone la cuarentena obligatoria para las familias. Los propĂłsitos de aprendizaje corresponden a las competencias y estĂĄndares establecidos en el CurrĂculo Nacional.
PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS
De acuerdo al artĂculo 2.1 de la RVM N.° 079-2020 MINEDU, publicada el 12 de marzo de 2020, las instituciones educativas privadas cuentan con siete (7) dĂas hĂĄbiles despuĂŠs de esta fecha para informar por escrito a la comunidad educativa y a la UGEL sobre su plan de recuperaciĂłn, a travĂŠs de los medios que se encuentren a disposiciĂłn siendo el correo electrĂłnico una opciĂłn. En ese sentido, las instituciones educativas privadas
tienen hasta el lunes 23 de marzo para enviar el plan de recuperaciĂłn a las UGEL vĂa correo electrĂłnico . Descarga el esquema sugerido aquĂ
La recuperaciĂłn del servicio, durante el periodo de suspensiĂłn, se realizarĂĄ por modalidad a distancia (aulas virtuales, videos, audios, entre otros) y podrĂĄ complementarse de manera presencial, una vez reiniciada las clases, si se considera necesario para lograr los propĂłsitos de aprendizaje establecidos para el periodo. En cualquier caso, los medios elegidos se subordinan estrictamente a los propĂłsitos de aprendizaje establecidos para el perĂodo a recuperar. Las II.EE. deben garantizar que, durante este periodo, los estudiantes recibirĂĄn retroalimentaciĂłn por parte de los docentes, que propicien la reflexiĂłn de los estudiantes sobre sus avances y dificultades.
Al retorno a las clases presenciales, las IE procederĂĄn a realizar una evaluaciĂłn diagnĂłstica de los objetivos de aprendizaje alcanzados por sus estudiantes durante el periodo suspendido, que permita evidenciar los logros obtenidos durante la etapa previa y asegurar una nivelaciĂłn de los mismos de ser necesario.
Es responsabilidad de cada IE monitorear y velar para que todos sus estudiantes puedan desarrollar el plan de recuperaciĂłn de manera efectiva, y es deber de los padres contribuir al logro de los objetivos del plan de recuperaciĂłn. La UGEL supervisa que los planes contemplen la recuperaciĂłn del servicio suspendido a fin de garantizar el desarrollo de los aprendizajes previstos de los estudiantes durante este periodo, y velarĂĄ por su cumplimento. Tener en cuenta que la medida de un buen plan no es la cantidad sino la calidad de las actividades planteadas y su pertinencia con el enfoque y los aprendizajes del currĂculo.
PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS PĂBLICAS
Actualmente, dado que el servicio educativo ha sido suspendido hasta el 29 de marzo de 2020, las II.EE. pĂşblicas no tienen que presentar plan de recuperaciĂłn.
Asimismo, ponemos a disposiciĂłn de todos los directivos el correo electrĂłnico directivos@minedu.gob.pe para que puedan realizar sus consultas.