Para inscribirse correctamente, le recomendamos revisar la siguiente información:
Requisitos para participar en el concurso
Video instructivo para registrar el usuario y contraseña
Video instructivo para recuperar la contraseña
Requisitos
Pueden participar en el Concurso de Ascenso 2025 – Educación Básica Minedu los docentes ubicados entre la primera y séptima escala magisterial, siempre que cumplan con la permanencia mínima en la escala magisterial a la que pertenece e idoneidad ética y profesional. A continuación, el detalle de cada requisito.
A. Permanencia mínima en la escala magisterial
El postulante debe contar con el tiempo mínimo de servicios oficiales prestados de manera efectiva en la escala magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que pertenece, el mismo que incluye el periodo de la licencia con goce de remuneraciones y vacaciones. Este tiempo de permanencia es contabilizado hasta la fecha de inicio de la actividad de inscripción señalada en el cronograma. El Comité de Evaluación verifica el cumplimiento de este requisito a través del informe escalafonario del postulante, durante la Etapa Descentralizada.
A continuación, se muestra la permanencia mínima de años por escala a la que pertenece el postulante, ya sea que esté laborando en zona urbana, rural o de frontera:

Verificación de los requisitos y declaración de su cumplimiento a cargo del postulante | Verificación del cumplimiento del requisito a cargo del Comité de Evaluación |
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Que el grupo de inscripción corresponde a la modalidad, nivel/ciclo y especialidad o área curricular de la plaza en la que se encuentra laborando en el cargo vigente de profesor o en la que se encontraba laborando en el cargo de profesor antes de ser designado en un cargo de gestión pedagógica o institucional. | A través del informe escalafonario del postulante. |
Que no tenga condena por el delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos contra la libertad sexual, delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; asimismo, no haber sido condenado por la comisión de actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, o por impedir el normal funcionamiento de los servicios públicos; o por alguno de los demás delitos señalados en la Ley N° 29988; así como por delitos comprendidos en la Ley N° 30901 y Ley N° 30794. | A través del aplicativo dispuesto por la DIED, con la información remitida por la OTEPA. |
Que no tenga condena por delitos dolosos diferentes a los señalados en la fila anterior. | A través del aplicativo dispuesto por la DIED, con la información remitida por la OTEPA. |
Que no se encuentre con sanción vigente y/o no tiene sanciones registradas en el escalafón magisterial y/o inscritas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC). Debe verificar que no se encuentre registrado desde el inicio de la actividad de inscripción hasta la emisión de la resolución de ascenso, siendo exclusivamente su responsabilidad la actualización de esta información conforme con la normativa vigente de los procedimientos técnicos del escalafón magisterial y de la RNSSC. | A través del informe escalafonario del postulante. |
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